El finiquito es el documento que la empresa tiene que entregar al trabajador cuando deja de prestar servicios en ella, bien sea por despido , fin de contrato, excedencia, etc.
En ese documento deben de incluirse todas las cantidades que la empresa debe al trabajador: salarios, vacaciones pendientes de disfrutar, pagas extra no recibidas, etc.
El finiquito es diferente a la indemnización , aunque ambos se entreguen en el momento de finalizar la relación laboral
En el momento de firmar el finiquito debes de:
- Pedir copia de todo lo que te pidan firmar. Siempre tiene que haber dos copias, una para la empresa y otra para el trabajador. Hay que ver que ambas copias sean exactamente iguales. Además es muy importante que la copia que se queda el trabajador tenga el sello de la empresa o la firma del empresario. Esa copia no se tiene que devolver a la empresa. Piensa que ya estas despedido/a, por tanto no tienes nada que perder ni hace falta agradar a nadie y piensa que el que se va a la calle eres tú, por tanto que no te quiten nada a lo que tienes derecho.
- Comprueba todo lo que está incluido en el finiquito. Es necesario comprobar que este correcto tanto los conceptos (salario, vacaciones, pagas extra…) como las cuantías.
- Indica los conceptos/cantidades que faltan. Si falta algo, indícalo para que lo incluyan. Si la empresa no lo cambia y no lo incluye, indica los conceptos que no hayan incluido. Por ejemplo “faltan horas extra”. Esto igual que otras cosas lo puedes poner al final en donde firmas con un “no conforme” y lo que eches en falta.
- Pon “pendiente de cobro”. Si no te dan el dinero en metálico en el mismo momento de la firma, hay que poner esta coletilla. Si simplemente se firma, la firma implica haber cobrado el dinero indicado en el finiquito. Si se entrega un cheque, indicar “pendiente de cobrar cheque”, si se entrega un justificante de una transferencia poner “pendiente recibir transferencia”.
- Pon “no conforme”. Salvo que estés 100% seguro, sin ningún margen de duda, de que están incluidas todas las cantidades que te debe la empresa, pon esta coletilla. Puedes poner “pendiente de revisión”, que suena menos agresivo. Indicar esto no significa que se vaya a demandar, pero en el caso de que se vea que están mal los conceptos o cantidades se puede demandar.
- Pon la fecha del día que te entregan el finiquito. Hay veces que la empresa pone otra fecha o no la pone. Es necesario poner el día que lo firmas y al lado de ésta, porque en el caso de tener que terminar en tribunales hay que ver si se dio en forma y plazo.
- Lo último es la firma. Primero, lee bien el documento. Firma siempre al final, después de tener una copia del finiquito, haberla leído y puesto las anotaciones que fueran necesarias. Sin haber eso hecho antes, no se debe de firmar.
- No te pueden obligar a firmar. En caso de que la empresa no deje poner todo lo anterior, no se debe de firmar, y la empresa no puede obligar al trabajador a firmar, ni amenazar para que firme.
- Puedes pedir la presencia de un representante de los trabajadores. Siempre que en tu empresa haya representantes. En el caso de que se pida y el empresario no permita la presencia, conviene indicarlo poniendo “solicité presencia de un representante de los trabajadores y ha sido denegada”.
- Si es necesario, graba la reunión. Si la empresa ha presionado al trabajador y hay amenazas o engaños, intenta grabar la reunión en la que te den el finiquito. De esta forma habrá pruebas. No es necesario avisar que se está grabando.
¿Mejor firmar o no firmar? ¿Qué pasa si no firmo el finiquito?
Si la empresa entrega copia del finiquito y deja escribir los consejos indicados anteriormente (pendiente de cobro, no conforme, fecha) es mejor firmar el finiquito. De esta forma se tiene la información de qué conceptos y cantidades reconoce la empresa y se puede revisar. Además facilitará el poder reclamar en el caso de que la empresa no pague.
En el caso de que la empresa no entregue copia o no deje escribir las coletillas, es mejor no firmar. Muchas empresas intentarán que el trabajador simplemente ponga su firma en el finiquito, sin poner nada más y sin entregar copia, y en ese caso conviene no firmar. La empresa puede pedir a dos testigos que firmen el finiquito, poniendo sus nombres y DNI, como demostración de que se ha intentado entregar el finiquito, por lo que existe un mecanismo para cuando el trabajador no quiere firmar, y de esta forma el trabajador tiene la opción de no firmar si no quiere, no pasa nada.
Cuidado con algunos empresarios que ponen la coletilla en el finiquito que “al firmar y estar de acuerdo renuncias a cualquier acción ante los tribunales”, si ves algo como esto, no firmes o firma “no conforme” si o si, ya que a no ser que sepas bien que lo que te están dando es lo correcto en este caso no vale el “yo creí que…” tú mismo te habrías cerrado la puerta de poder demandar, aunque te hayan engañado. Por tanto mucho cuidado con esto.
La empresa tiene la obligación de pagar el finiquito, lo haya firmado o no el trabajador.
Algunos engaños en el finiquito que hay que evitar
Algunas empresas intentan engañar al trabajador durante la firma del finiquito con la intención de evitar posibles demandas o que el trabajador ejerza su derecho de poner “no conforme”.
Algunos de los más habituales son:
- “Si firmas no conforme no te pago”. La empresa tiene la obligación de pagar al trabajador, aunque ponga no conforme. Esta situación suele encubrir un finiquito que no recoge todas las cantidades o un despido hecho sin seguir los requisitos legales, y se intenta evitar la demanda a través de la amenaza.
- “Ven a firmar el finiquito o no te pago”. En ocasiones el trabajador recibe la carta de despido o fin de contrato a través de burofax, pero no el finiquito, y la empresa pide que acuda a la oficina para entregárselo. La empresa tiene la obligación de entregar el finiquito junto con la carta, por lo que debería de haberlo enviado en el mismo burofax. Además la empresa tiene que pagar el finiquito al finalizar la relación laboral haya firmado el trabajador o no. Muchas veces la empresa no envía el finiquito con la intención de que el trabajador acuda a firmarlo a la empresa y presionarle para que simplemente firme, sin dejarle poner “no conforme”.
- “Si firmas no conforme, no te doy el paro”. El trabajador tiene derecho al paro por el mero hecho de dejar de trabajar, si cumple los requisitos de cotización, nunca por voluntad o no de la empresa.
- “Si firmas, te arreglo los papeles del paro”: Como hemos dicho, el trabajador tiene derecho al paro, si tiene las cotizaciones suficiente, por dejar de trabajar involuntariamente . El hecho de firmar conforme o no conforme no influye en poder cobrarlo. Se tiene derecho al paro por ser despedido, por lo que arreglar los papeles del paro no es un favor que hace la empresa, sino un derecho del trabajador.
- “Si firmas no conforme, no envío el certificado de empresa”: La empresa tiene la obligación de enviar el certificado de empresa siempre que se finalice la relación laboral, dando igual lo que pase con el finiquito. En el caso de no hacerlo se puede denunciar a la Inspección de Trabajo para que la empresa lo envíe y sea sancionada por incumplir su obligación.
- “Antes de demandarme, vamos a hablar”: Muchas veces la empresa intenta retrasar el pago del finiquito, da largas al trabajador, le dice que le pagará pero que primero acuda a hablar con la empresa… Esta estrategia suele esconder una voluntad de hacer pasar el plazo que tiene el trabajador para demandar por el despido. El trabajador tiene solo un plazo de 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para impugnar el despido, por lo que la empresa muchas veces intenta que pase este plazo.
- “Te pago cuando pueda”: muchas empresas apelan a una mala situación económica para no pagar al trabajador, pidiéndole paciencia, que le pagarán cuando las cosas vayan mejor, que le dé unos meses. Hay que tener en cuenta que el plazo para poder reclamar el finiquito que no se ha cobrado es de 1 año desde que se tenía que hacer recibido. Por lo que es conveniente reclamar antes, ya que después se habrá perdido toda posibilidad legal de reclamar.
Después de firmar el finiquito
La empresa me ha pagado con un cheque, ¿lo cobro?
Si. Conviene cobrar el cheque lo antes posible, por si la empresa posteriormente lo cancela, no tiene fondos, vacía o cierra la cuenta a la que va asociado. El hecho de cobrar el cheque no implica la aceptación del finiquito. Se puede seguir reclamando tanto contra el despido como reclamando el finiquito en el caso de que no esté correctamente pagado (recuerda que tienes un año para reclamar cualquier pago económico).
La empresa no me paga el finiquito, ¿qué hago? ¿Qué plazo tengo para reclamar?
El trabajador tiene el plazo de 1 año para reclamar en el caso de que la empresa no le pague el finiquito. Se reclama igual que si no paga la nómina , presentando una papeleta de conciliación y en el caso de no haber acuerdo en el acto de conciliación , presentando una demanda ante el juzgado de lo social.