EL DERECHO A DESEMPLEO DESPUÉS DE UNA BAJA VOLUNTARIA

Al planteamiento de si es posible dejar un trabajo y cobrar el paro. O sea pedir la  la baja voluntaria y acceder al paro

Por desgracia la norma no es muy clara y el SEPE actúa con mucha discrecionalidad en este tema, de forma que dos casos iguales puedan ser resueltos de forma diferente, pero esto es lo que hay.

 

Regla general.

La respuesta general a la pregunta de si me voy de mi trabajo tengo derecho a desempleo, es un NO, pero un no bien grande, ya que la prestación de desempleo está pensada para aquellos trabajadores que involuntariamente se quedan sin trabajo, por lo tanto parece que en nuestro caso no tendría derecho a cobrar el paro en este momento. Eso sí, cuando una persona renuncia tiene derecho a finiquito

 

¿Se pierde todo lo cotizado?

No, de ninguna forma, ya que las cotizaciones para cobrar el paro se guardan durante 6 años.

 

¿Cómo cobrar el paro después de una baja voluntaria?

La respuesta nos la da a medias la Ley General de la Seguridad Social, y nos dice que después de una baja voluntaria para que el trabajador pueda cobrar el desempleo que lleva acumulado es necesario que:

  1. Encuentre otro trabajolo pierda de forma involuntaria, estableciendo además el requisito de que entre la baja voluntaria y la perdida de este segundo empleo deben pasar como mínimo 3 meses.
  2. También nos habla de otra posibilidad, y es que después de la baja voluntaria encuentre otro empleo y no supere el periodo de prueba a instancia del empresario, pero igualmente deberá haber pasado el plazo de 3 meses.

Y si mezclamos las dos opciones: la baja voluntaria en el periodo de prueba no da derecho a paro, porque el trabajador también tendría que encontrar otro empleo debiendo pasar 3 meses entre esta baja y la pérdida del siguiente.

Además, poco importa la modalidad de contrato, la baja voluntaria con contrato temporal o indefinido o a jornada parcial, tampoco da derecho a cobrar el paro.

En todos los casos deberá pedir la cita previa al SEPE para tramitar el paro.

Ojo con el fraude

Claro que también puedes pensar, bueno si me voy de la empresa de forma voluntaria, espero 3 meses y le digo a mi amigo/conocido/familiar que me haga un contrato de 1 día para cobrar el paro. Error. El SEPE (antiguo INEM) está revisando este tipo de prácticas de forma minuciosa para evitar precisamente estos fraudes, que además conllevan sanciones tanto para el trabajador como para el empresario.

El nuevo contrato debe ser de 18 o 20 días como mínimo, esto no lo dice ninguna ley, algunos recomiendan que el nuevo contrato dure 3 meses como mínimo. Todo lo que sea debajo de esto seguramente será revisado por el SEPE. Y aun así nada impide que si en el INEM observan indicios de fraude investigue igualmente, aunque el contrato dure más tiempo.

 

¿Quiere eso decir que si mi contrato después de la baja voluntaria dura menos de 3 meses no cobraré desempleo?

Ni mucho menos, como no hay ninguna norma para contratos temporales, y si no has actuado de forma fraudulenta, nada impide que acudas a tu oficina del INEM y solicites el desempleo correspondiente.

 

¿Puedo guardar el paro para más adelante?

Esta es una pregunta interesante, se nos puede dar el supuesto que encuentres otro trabajo después de la baja voluntaria y no necesites ‘gastar’ el desempleo que tenía acumulado.

Perfecto, pero recuerda que esta prestación se basa en las cotizaciones por desempleo acumuladas y no utilizadas en los últimos 6 años, como he dicho antes, por lo tanto si tu nuevo contrato dura por ejemplo 6 años, habrá caducado la que tenías acumulado antes de que te dieras de baja voluntaria.

 

¿Y si me voy de forma voluntaria otra vez del segundo empleo cobro el paro?

Pues ocurre lo mismo que al principio, que no tendrás derecho a desempleo, porque no te encontrarás en situación legal de desempleo, aunque tengas acumulado más desempleo.

 

¿Y si no acepto una prórroga de mi contrato?

Pues que se considera baja voluntaria igualmente y no podrías cobrar el paro

Por último, tienes que saber que es muy recomendable que envíes a la empresa una carta de baja voluntaria para evitarte problemas sobre todo a la hora del cobro del finiquito, ya que si no avisas ni mandas la carta se puede considerar abandono del puesto de trabajo. Así que ya sabes, dejar el trabajo voluntariamente y cobrar el paro no es tan fácil como parece, tendrás que cumplir los requisitos que te he explicado y siempre el SEPE revisará con lupa tu expediente.

 

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3 meses obligatoriamente

  • ¿Y SI ENCADENO VARIOS CONTRATOS DESPUÉS DE UNA BAJA VOLUNTARIA?

Podrás cobrar el paro siempre que hayan pasado esos 3 meses desde la baja voluntaria y la pérdida del siguiente o siguientes empleos. Ej: un contrato de 1 día, seguido de otro de 1 semana, y otro de 1 mes, como puedes ver no superan los 3 meses y no se puede cobrar el paro en este caso.

  • ¿PUEDO COBRAR UN SUBSIDIO POR DESEMPLEO DESPUÉS DE UNA BAJA VOLUNTARIA?

No, no tendrás derecho a paro ni a subsidios.

  • ¿QUÉ OCURRE CON EL FINIQUITO?

Tienes derecho a cobrarlo, no te pueden privar de él por el mero hecho de renunciar.

  • ¿Y CON LAS VACACIONES?

Igual que con el finiquito, tienes derecho a ellas, y como no las has podido disfrutar, su equivalente en dinero.