Tras su publicación, de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid deberán negociarse las Bases Generales y Específicas de las convocatorias, así como los criterios de selección del CONCURSO OPOSICIÓN, que será el sistema selectivo del proceso extraordinario de estabilización (consolidación) de empleo temporal. Por ahora se apuesta a dos términos el de OEP ordinaria y la extraordinaria de consolidación.
El desglose del Decreto de OEP 2017 en términos globales (Esta os servirá de referencia):
PERSONAL OEP | ORDINARIA OEP | EXTRAORDINARIA CONSOLIDACIÓN |
FUNCIONARIOS | 1.024 plazas | 342 plazas |
LABORAL | 976 plazas | 3.866 plazas (*) |
LABORAL ADCM | 7 plazas | |
ESTATUTARIO | 1.658 plazas | 11.664 plazas |
TOTAL OFERTA ORDINARIA | 3.665 plazas | |
DOCENTE | 4.057 plazas | |
TOTAL OFERTA EXTRA. | 19.929 plazas | |
TOTAL OFERTA OEP 2017 | 23.672 plazas | |
PROMOCIÓN INTERNA | 78 plazas |
(*) Incluye 446 plazas ocupadas por indefinidos no fijos por sentencia judicial firme.
Aclararos las cuestiones más importantes a conocer sobre la forma de actuación que se tiene pensada en cualquier tipo de convocatoria que se pueda seguir produciendo en estos años (es cierto que como todo puede sufrir modificaciones, pero vamos lo más seguro es que se dé así):
- La cobertura de las plazas será conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia.
- Las plazas de funcionarios, laborales, estatutarios y docentes. Consta de tres partes: a. Anexo I oferta ordinaria vinculada a la tasa de reposición de efectivos. b. Anexo II oferta de promoción interna. c. Anexo II oferta extraordinaria de estabilización de empleo.
- La distribución de las plazas de personal laboral por categorías se hará en las convocatorias específicas una vez resuelto el concurso de traslados. Las plazas de personal laboral y funcionario del Servicio Madrileño de Salud se convocarán como personal estatutario. Asimismo, las plazas de personal laboral funcionarizable se convocarán como personal funcionario. El personal interino que ocupe estas plazas mantendrá su vinculación hasta la resolución del proceso selectivo.
- La convocatoria de las plazas deberá hacerse en un plazo máximo de tres años desde la publicación del Decreto, y podrán acumularse a convocatorias de ofertas anteriores.
- Las convocatorias del proceso ordinario vinculado a tasa de reposición se podrán acumular a las del proceso extraordinario de estabilización.
- Cada unidad de personal comunicará al personal interino o temporal afectado, que su plaza ha sido incorporada al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
- Una vez publicado el Decreto de OEP, hay que proceder a la negociación de los criterios generales que regulen los procesos selectivos.
IMPORTANTE: El proceso de estabilización o consolidación de empleo temporal acaba de empezar y será largo, pudiendo ir sufriendo modificaciones, a lo largo del mismo, la relación de números de puesto.