SE FIRMA EL IV CONVENIO UNICO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA AGE
El nuevo IV Convenio Único fija mejoras retributivas generales y un salario mínimo de 1.136 euros al mes este año, así como el acuerdo sobre los fondos adicionales, con los que se sufraga parte de la subida salarial, que supondrá 280 euros al año (20 euros más al mes) con efectos desde el 1 de enero de 2018.
El convenio supone un incremento salarial para los trabajadores integrados en los grupos profesionales con retribuciones más bajas, donde incidirían una subida del 5,5% de media para todas las tablas salariales del personal laboral de la Administración del Estado, incluyendo el 2,25% de subida general de los funcionarios de este año y los fondos adicionales de 280 euros al año (20 euros al mes), siendo por tanto la subida en torno un 9,36% este año, que unido al 2,25% de subida general alcanza el 11,6%, hasta llegar a los 1.136 euros. Para el año 2020, la subida podrá alcanzar un máximo del 14% y llegar casi a los 1.200 euros (entre 1.161 y 1.198 euros). Este año la subida oscilara entre 138 euros más mensualmente en el grupo más bajo como referencia.
Además se contempla una subida lineal para todo el personal laboral de 280 euros anuales (20 euros al mes) con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018, de forma que una vez que entre en vigor el convenio, los trabajadores cobrarán los atrasos, previsiblemente antes del verano.
Además, desde el año 2020 se comprometerá un 25% más de los fondos adicionales para implementar medidas retributivas de homogeneización y desarrollo de la carrera profesional del personal laboral.
NUEVO SISTEMA DE MOVILIDAD Y CAMBIO DE RÉGIMEN JURÍDICO
El convenio también conlleva un nuevo sistema de movilidad con concursos permanentes de traslados y se favorece su promoción profesional.
También se establece el cambio de régimen jurídico de personal laboral a funcionario para trabajadores que realizan funciones administrativas reservadas a estos últimos, se podría calcular que unas 8.000 personas podrán pasar del régimen de personal laboral al de funcionario.
También se establece una clasificación profesional conforme al sistema educativo y al Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, equiparándose así al personal laboral con el resto del mercado laboral del Estado. Además, se ordenan los puestos de trabajo en función de los niveles de titulación, formación y capacitación necesarios para las diferentes funciones requeridas por los servicios públicos y incorpora además la determinación de las funciones de cada trabajador mediante la especialidad; el compromiso de la Administración de limitar las contrataciones fuera de convenio a aquellas funciones que no existan dentro del mismo; movilidad y excedencias bajo condiciones especiales por conciliación, violencia de género o por ser víctima de terrorismo, y el desbloqueo de la vía judicial para la solicitud de los nuevos complementos.
También recoge la posibilidad de que el personal laboral de la AGE pueda acogerse a la jubilación parcial anticipada, en las mismas condiciones que el resto de trabajadores del mercado de trabajo, a partir del 1 de enero de 2021.